30 May

¿Puede una empresa controlar el uso de los ordenadores por parte de sus empleados?

La obligación de un trabajador es utilizar los equipos informáticos que le facilita la empresa para TRABAJAR.
No para ver porno, no para chatear con amigos, no para leer periódicos deportivos, videos de youtube irrelevantes para su trabajo, etc.

Ahora bien. ¿Es lícito que una empresa ponga un «sniffer» que analice el tráfico de la red y compruebe qué páginas visita cada empleado y cuánto tiempo permanece en cada una? ¿Es lícito que analice los correos electrónicos que entran y salen del ordenador del trabajador?

Una empresa lo hizo y descubrió que uno de sus empleados, además de perder escandalosamente el tiempo (pasaba muchas horas diarias navegando en páginas que nada tenían que ver con su trabajo) enviaba información de la empresa a la competencia.

La empresa lo despidió y el empleado recurrió. Al final de varios recursos judiciales, el Tribunal Supremo ha considerado despido improcedente, porque las pruebas se obtuvieron violando el derecho a la intimidad del empleado.

El matiz CLAVE es este:  Porque no consta que, “de acuerdo con las exigencias de la buena fe, la empresa hubiera establecido previamente algún tipo de reglas para el uso de dichos medios –con aplicación de prohibiciones absolutas o parciales– ni tampoco que se hubiera informado a los trabajadores de que se iba a proceder al control y de los medios a aplicar en orden a comprobar su correcto uso”.

Es decir, la empresa tiene derecho a controlar completamente el uso de los ordenadores por parte de sus empleados SI LES AVISA PREVIAMENTE. Lo lógico es hacer firmar un documento a cada trabajador en el que ponga claramente que el empleado asume que la finalidad del uso de los equipos informáticos es trabajar, que no deberá utilizarlos para usos ajenos a la empresa,  y que no debe utilizarlo para enviar o recibir correos personales puesto que toda la información que envíe o que reciba a través de la red interna o de internet, podrá ser sometida a controles sin previo aviso por parte de la empresa.